Estar en ASNEF es una de las peores cosas que te pueden pasar. En este articulo te contamos todo lo que debes saber sobre ASNEF, como se entra y sobre todo como se sale.
¿Qué empresas pueden incluirte en ASNEF y por qué motivos?
Bancos, compañías telefónicas, eléctricas, empresas de créditos, etc. No es necesario contraer una deuda cuantiosa para ser incluido en ASNEF, pues una factura impagada por ejemplo de la compañía telefónica o eléctrica será suficiente para que la empresa prestadora del servicio solicite la inclusión del deudor en este fichero.
Figurar en este registro acarreará al afectado problemas a la hora de acudir a una entidad bancaria a solicitar financiación, realizar una compra a plazos o llevar a cabo cualquier otra operación que conlleve un estudio de solvencia del cliente, pues será muy difícil la concesión del crédito solicitado en caso de que el solicitante figure en ASNEF. Esta base de datos es consultada diariamente tanto por entidades financieras como por empresas con el fin de blindarse frente a un posible deudor.

¿Cómo saber si estoy en ASNEF?
A través del teléfono 917814400, por la web https://www2.equifax.es/consumidores/, por el correo electrónico sac@equifax.es, o bien a través de correo postal: apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid, facilitando la información requerida.
Para estar incluido en ASNEF no es necesario tener ni grandes ni varias deudas, la falta de pago de cualquier factura puede llevarnos a estar incluidos dentro del mismo. Existen varias maneras de comprobar si figuramos en el citado registro.
La Ley establece que es obligación de la empresa acreedora (entidades bancarias y financieras, proveedora de suministros, etc.) comunicar a su cliente la deuda pendiente de cobro, requerirle de pago e informarle que de continuar con el impago, se trasladarán sus datos a un registro de morosos. Una vez remitida la información por parte del acreedor, será ASNEF la encargada de notificar al deudor en un plazo de hasta 30 días. No obstante, se puede consultar la inclusión de manera personal. Desde ASNEF ponen a disposición del consumidor el teléfono 917814400, pero a fin de garantizar la confidencialidad, únicamente nos facilitarán información genérica. La vía más efectiva es hacerlo por el propio afectado a través del formulario online que la empresa EQUIFAX IBERICA, S.L., sociedad encargada del tratamiento del fichero, pone a disposición de los consumidores, https://www2.equifax.es/consumidores/, o en el correo electrónico sac@equifax.es, o bien a través de correo postal: apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid, facilitando la información requerida. Además, también puede encargarse a un despacho de abogados especializado en la materia en aras a tratar de solucionar la situación a la mayor brevedad.
¿Cómo salir de ASNEF y cuánto se tarda?
Una vez conocida por el afectado su inclusión en ASNEF, en primer término debe comprobarse si se trata de una deuda cierta, vencida y exigible. La salida de este registro se produce a través de la cancelación de la deuda, ya sea por pago, o por otros mecanismos, como la exoneración judicial a través de un concurso de acreedores de persona física. Una vez liquidada la deuda por pago o una vez lograda la exoneración se debe informar de este hecho al acreedor o bien directamente a ASNEF, y solicitar la supresión del fichero.
No obstante, si la inclusión en el fichero no ha sido correcta, se puede llevar a cabo el ejercicio de los conocidos derechos «ARCO-POL». Esto es, se puede solicitar la rectificación, supresión, cancelación, oposición o limitación del tratamiento de los datos incluidos en el fichero, ya sea a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o bien vía correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid.
En la solicitud deben incluirse los datos personales del afectado junto con la fotocopia del DNI, así como domicilio o correo electrónico a efectos de notificaciones, e indicarse el derecho que se pretende ejercitar, detallando los datos que a su juicio no son correctos, y acompañando la documentación que acredite el pago de la deuda o los errores que se advirtiesen en los datos incorporados. Otra opción es acudir directamente a la propia empresa acreedora que trasladó los datos al fichero, dado que es ésta la que terminará resolviendo sobre la procedencia o no de permanecer en el fichero o rectificando los datos en él incluidos.
La Ley establece que el plazo de respuesta a la solicitud de exclusión del fichero será de un mes desde que se recibe la petición, si bien este plazo puede ampliarse hasta dos meses en caso de resultar necesario.

¿Cómo puedo salir de ASNEF?
La salida de ASNEF se produce a través de la cancelación de la deuda, ya sea por pago o por otros mecanismos como la exoneración judicial a través de un concurso de acreedores de persona física.
Toda persona que tenga conocimiento de su inclusión en dicho fichero de morosos tiene la posibilidad de solicitar la rectificación, supresión o limitación del tratamiento de sus datos ya sea a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o bien vía correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, remitiendo una solicitud con sus datos personales y fotocopia del DNI y detallando los datos que, a su juicio, no son correctos, debiendo aportarse la documentación que acredite el pago de la deuda o los errores que se advirtiesen en los datos incorporados.
Otra opción es acudir directamente a la propia empresa acreedora que trasladó los datos al fichero dado que es ésta la que terminará resolviendo sobre la procedencia o no de permanecer en el fichero o rectificar los datos en el él incluidos.
¿Cómo salir de ASNEF si estoy por error?
En caso de que la inclusión en ASNEF se deba a un error, debemos solicitar la supresión de nuestros datos cuanto antes. En primer lugar, podemos acudir a la propia entidad acreedora que trasladó dicha información al fichero a fin de que sea esta la que comunique los errores advertidos.
También podremos dirigirnos directamente a ASNEF para solicitar la rectificación, supresión o limitación del tratamiento de los datos, a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o bien vía correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, acompañando los documentos que justifiquen la pretensión.
¿Cómo salir de ASNEF si no reconozco la deuda?
En caso de disconformidad con la inclusión de datos en el fichero o con la exigencia de la deuda incluida, se pueden ejercitar por el afectado los derechos de la rectificación, supresión o limitación del tratamiento de sus datos, a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o mediante correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, remitiendo una solicitud en la que se ejerciten estos derechos y acompañando la documentación que acredite la pretensión.
¿Cómo salir de ASNEF por deuda prescrita?
En caso de la que deuda incluida en ASNEF estuviese prescrita, el afectado debe solicitar la cancelación mediante una solicitud, bien a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o bien vía correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, acompañando los documentos que justifiquen la pretensión.
Se trata de un procedimiento judicial permite al deudor sobreendeudado liberarse de sus deudas, total o parcialmente, obteniendo una resolución que declara la extinción de dichas deudas y que servirá para salir de ASNEF, toda vez que las deudas allí incluidas ya no pueden ser exigidas por los acreedores.
¿Cómo salir de ASNEF por deuda prescrita?
En caso de la que deuda incluida en ASNEF estuviese prescrita, el afectado debe solicitar la cancelación mediante una solicitud, bien a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o bien vía correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, acompañando los documentos que justifiquen la pretensión.
Puede ocurrir que la inclusión en ASNEF guarde relación con una deuda ya prescrita, es decir, una deuda que, debido al paso del tiempo, no puede ser ya exigida. Como norma general, la posibilidad de reclamar deudas prescribe a los cinco años, si bien en determinados supuestos, como la deuda hipotecaria, los plazos son mayores.
¿Se puede salir de ASNEF gratis?
El procedimiento para el ejercicio de los derechos por parte del afectado frente a ASNEF es completamente gratuito. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o limitación se realiza a través del portal https://www2.equifax.es/consumidores, del correo electrónico sac@equifax.es o mediante correo postal en el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid.
Para ello el afectado debe remitir una solicitud con sus datos personales y fotocopia del DNI y detallando los datos que, a su juicio, no son correctos, debiendo aportarse la documentación que acredite el pago de la deuda o los errores que se advirtiesen en los datos incorporados.
Además, en el supuesto de no hacer frente a la deuda contraída la Ley establece que únicamente se podrán registrar los datos de carácter personal que sirvan para informar de la solvencia económica de los interesados durante el plazo de seis años. Es decir, habrá que esperar dicho periodo de tiempo para que los datos sean eliminados del fichero de morosos.

¿Se puede salir de ASNEF sin pagar mi deuda?
En caso de no poder hacer frente al pago de la deuda contraída, el afectado puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad a fin de que a través de un procedimiento judicial se cancelen total o parcialmente las deudas del afectado, dada su imposibilidad de pago y ser sus deudas superiores a su patrimonio y a la capacidad económica para hacer frente a las mismas.
¿Cuánto se tarda en salir de la lista de morosidad de ASNEF?
Una vez ejercitado por el afectado su derecho de acceso, rectificación, cancelación, oposición o limitación, respecto a los datos incluidos en el fichero, la Ley establece que el plazo de respuesta a la solicitud será de un mes desde que se recibe la petición, si bien este plazo puede ser prorrogado dos meses más, en caso de resultar necesario. En ningún caso la respuesta de ASNEF puede ser automática, pues toda pretensión debe conllevar un proceso de estudio y comprobación sobre los derechos ejercitados por el afectado.
¿Cómo puede ayudarme la Ley de la Segunda Oportunidad a salir de ASNEF?
A través de la Ley de la Segunda Oportunidad todo aquel que se vea inmerso en una situación de insolvencia tras haber liquidado su patrimonio en beneficio de sus acreedores puede acogerse, una vez cumplidos ciertos requisitos, a este mecanismo.
En virtud del mismo el deudor podrá dejar atrás su situación de sobreendeudamiento a través de la cancelación total o parcial de sus deudas, comúnmente conocido como exoneración del pasivo insatisfecho, sin que los acreedores puedan seguir reclamando su pago, por lo que dicho procedimiento servirá para salir de ASNEF, al declararse canceladas las deudas incluidas en ese fichero.