En caso de que se haya recibido una multa y no se haya recurrido o se haya desestimado el recurso, debe procederse al pago de la misma. En caso de no ser así, el impago de una multa, como cualquier otra deuda, puede dar lugar a un procedimiento de ejecución en el que se embarguen bienes y derechos del deudor como, por ejemplo, la nómina o pensión y las cuentas bancarias, además de generarse recargos e intereses que incrementan el importe de la deuda hasta que se produzca su pago.
Debe distinguirse el plazo de prescripción de las infracciones, del de las sanciones, es decir, el plazo que tiene el organismo sancionador para perseguir los hechos cometidos e imponer la multa, del plazo que existe para perseguir el cobro de la multa ya impuesta.
En materia de tráfico el plazo de prescripción es de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves, a contar desde el día en que los hechos se hubieran cometido, y en caso de que no se produzca la resolución sancionadora en el plazo de un año desde que se inició el procedimiento, éste caduca y se archivan las actuaciones, sin posibilidad de imponer la sanción, salvo que esa paralización sea porque se ha iniciado un procedimiento penal, pues en ese caso no se produce la caducidad. Por su parte, el plazo de prescripción de las multas ya impuesta es de cuatro años.
¿Cuál es la vigencia de una sanción?
El plazo de vigencia de una sanción administrativa es, en general, de cuatro años. Transcurrido ese plazo se produce la caducidad de la sanción, sin que sea posible seguir exigiéndola al deudor.
Si bien cabe que el organismo sancionador haya interrumpido ese plazo, realizando alguna actuación, por lo que para que la sanción prescriba es necesario que la administración no realice trámites de ejecución durante ese plazo de cuatro años.

¿Cómo saber si tengo multas pendientes?
Es posible tener una multa y no ser conscientes de ello, por ejemplo, porque no se hayan podido notificar en el domicilio. Para verificarlo se puede consultar el TESTRA o Tablón Edictal de la DGT.
Para conocer las multas impuestas, la DGT pone a disposición de los ciudadanos mecanismos para saber si un conductor ha sido multado, como el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA) para comprobar las multas que tiene un vehículo simplemente introduciendo la identidad del conductor y la matrícula del vehículo. Las sanciones publicadas en TESTRA se consideran como notificadas 20 días después de su publicación.
Además la DGT pone a disposición de los ciudadanos un servicio de notificación electrónica, a través del cual, una vez dados de alta mediante el certificado electrónico, se realizarán todas las notificaciones, sustituyendo a las notificaciones en papel. Además, los usuarios dados de alta en este servicio reciben un correo y SMS cada vez que tengan una nueva multa.
¿Cuánto tarda en llegar una multa?
El plazo del que disponen las administraciones para notificar las multas va vinculado al plazo de prescripción de las infracciones, por lo que durante ese plazo se puede notificar en cualquier momento.
Así, por ejemplo, para notificar las multas de tráfico, la DGT dispone de tres meses para las infracciones leves y seis meses para las graves y muy graves. Si en esos plazos no se ha recibido la multa, la infracción habrá prescrito.
¿Qué pasa si no pago una multa?
El impago de una multa, como cualquier otra deuda, puede dar lugar a un procedimiento de ejecución en el que se embarguen bienes y derechos del deudor como, por ejemplo, la nómina o pensión y las cuentas bancarias, además de generarse recargos e intereses que incrementan el importe de la deuda.
En caso de que se haya recibido una multa y no se haya recurrido o se haya desestimado el recurso, debe procederse al pago de la misma.

Tráfico o DGT
El impago de una multa de tráfico conlleva que la administración inicie un procedimiento de ejecución administrativa destinado al cobro de la multa mediante la ejecución de los bienes del sancionado, pudiendo decretar el embargo de sus bienes y derechos, como su nómina o el dinero que haya en las cuentas bancarias.
Además, el retraso en el pago de la multa una vez transcurrido el periodo inicial de pago, conlleva un incremento de la deuda ya que se imponen recargos e intereses hasta su completo pago.
Porros o drogas
El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, es considerada una infracción grave que conlleva la imposición de una multa de 601 a 30.000 euros, en función de la gravedad de la infracción y de otras circunstancias, como la reincidencia.
En caso de que esa multa no sea abonada, la administración iniciará un procedimiento de ejecución administrativa destinado al cobro de la multa mediante la ejecución de los bienes del sancionado, pudiendo decretar el embargo de sus bienes y derechos, como su nómina o el dinero que haya en las cuentas bancarias.
Además, el retraso en el pago de la multa una vez transcurrido el periodo inicial de pago, conlleva un incremento de la deuda ya que se imponen recargos e intereses.
Agencia Tributaria o Seguridad Social
La comisión de infracciones en el ámbito de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social pueden llevar a la imposición de sanciones en forma de multas de distinta cuantía, en función de la naturaleza de la infracción y de otras circunstancias, como la reincidencia o el beneficio obtenido.
En caso de que esa multa no sea abonada, la administración iniciará un procedimiento de ejecución administrativa destinado al cobro de la multa mediante la ejecución de los bienes del sancionado, pudiendo decretar el embargo de sus bienes y derechos, como su nómina o el dinero que haya en las cuentas bancarias.
Además, el impago de la multa conlleva además un incremento de la deuda ya que se imponen recargos e intereses hasta el momento en que se produzca el pago.
Juzgado
En caso de multas impuestas en sede judicial, el impago de las mismas puede conllevar a la ejecución de la resolución judicial que impone dicha multa, persiguiendo los bienes y derechos del deudor, incluido el embargo de la nómina y del saldo existente en las cuentas bancarias.
Además, la cuantía de la multa se irá incrementando, mediante el devengo de intereses, hasta su completo pago.
¿Como pago una multa?
Para pagar una multa en España, generalmente se puede hacer en línea a través del sitio web de la agencia encargada de las multas, en una oficina bancaria o en una oficina de correos. Es importante tener el número de referencia de la multa para completar el pago correctamente.

¿Cómo pago una multa de tráfico?
La imposición de una multa suele venir acompañada de las instrucciones para su pago, remitidas por parte del organismo que ha impuesto la multa.
Las multas de tráfico pueden abonarse por internet e incluso por teléfono, así como a través de la aplicación miDGT, mediante el pago con tarjeta de crédito, y además pueden pagarse de forma presencial, en Correos y en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, mediante tarjeta de crédito o débito.
¿Como pago una multa de Agencia Tributaria o Seguridad Social?
Las multas de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social se pagan a través de la carta de pago que se acompaña a la sanción, en la que se indica que se puede realizar a través de una entidad bancaria colaboradora (en la práctica, casi todas las entidades son colaboradoras de las administraciones públicas) ante la que presentar el documento y efectuar el pago.
¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar una multa?
En caso de que se haya recibido una multa y no se haya recurrido o se haya desestimado el recurso, debe procederse al pago de la misma. En caso de no ser así, el impago de una multa, como cualquier otra deuda, puede dar lugar a un procedimiento de ejecución en el que se embarguen bienes y derechos del deudor como, por ejemplo, la nómina o pensión y las cuentas bancarias, además de generarse recargos e intereses que incrementan el importe de la deuda.

¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar una multa?
En caso de que se haya recibido una multa y no se haya recurrido o se haya desestimado el recurso, debe procederse al pago de la misma. En caso de no ser así, el impago de una multa, como cualquier otra deuda, puede dar lugar a un procedimiento de ejecución en el que se embarguen bienes y derechos del deudor como, por ejemplo, la nómina o pensión y las cuentas bancarias, además de generarse recargos e intereses que incrementan el importe de la deuda.
El pago de estas sanciones administrativas se realiza a través de las entidades bancarias colaboradoras, utilizando el modelo de autoliquidación que se habrá recibido junto con la notificación de la sanción. También se podrá efectuar el pago a través de internet, utilizando los servicios de pago electrónico disponibles en la sede electrónica.
¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar una multa?
En caso de que se haya recibido una multa y no se haya recurrido o se haya desestimado el recurso, debe procederse al pago de la misma. En caso de no ser así, el impago de una multa, como cualquier otra deuda, puede dar lugar a un procedimiento de ejecución en el que se embarguen bienes y derechos del deudor como, por ejemplo, la nómina o pensión y las cuentas bancarias, además de generarse recargos e intereses que incrementan el importe de la deuda.
La Ley de Segunda oportunidad para cancelar tus deudas por multas
A través de la Ley de Segunda Oportunidad puede liberarse el pago de la mayoría de las deudas, entre ellas las sanciones administrativas, dentro de determinados límites previstos legalmente.
Las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Tributaria pueden exonerarse hasta un máximo de 10.000 € y las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe.
Por su parte, las deudas por multas por sanciones administrativas muy graves no van a ser exoneradas, por prohibición expresa de la ley.
